Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/07/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 28 de julio de 2021

Cristina; I.P.P. N 14-07-1456-21, caratulada: NN s/Hurto, víctima: Polverino Norma Nelida; I.P.P. N 14-07-1479-21, caratulada: Heredia Jorge Nicolas s/robo, víctima: Personal Policial; I.P.P. N 14-07-3884-20, caratulada: Garcia Jorge Daniel s/Lesiones Culposas, víctima: Personal Policial victimas; I.P.P. N 14-07-329-21, caratulada: NN s/Hurto Agravado, víctima: Mule Maximiliano Pablo Augusto; I.P.P. N 14-07-1122-21, caratulada: NN s/Hurto, víctima: Corona Hernan Diego; I.P.P. N 14-07-1022-21, caratulada: NN s/Lesiones Culposas, víctima: Garcia Joaquin; I.P.P. N 14-074118-20, caratulada: NN s/Lesiones Culposas, víctima: Ricciardelli Marina ; I.P.P. N 14-07-2157-21, caratulada: Lopez Tomas s/robo, víctima: Chamorro Maria Elizabeth; I.P.P. N 14-07-2151-21, caratulada: NN s/Hurto, víctima: Monti Pablo Gabriel; I.P.P. N 14-07-1493-21, caratulada: NN s/Daño, víctima: Arabia Santiago; I.P.P. N 14-07-708-21, caratulada:
NN s/Amenazas, víctima: Carballo Jorge Eduardo; I.P.P. N 14-07-1501-21, caratulada: NN s/robo, víctima: Carvallo Eduardo Daniel; I.P.P. N 14-07-1166-21, caratulada: Villamayor Wendy Estefania s/Lesiones Culposas, víctima: Personal Policial; I.P.P. N 14-07-1448-21, caratulada: Allois Alejandro Ezequiel s/Lesiones culposas, Victima: Garcia Carlin Susana Cecilia Del Rosario; I.P.P. N 14-07-3278-17, caratulada: NN s/robo agravado Victima: Rosa Enrique Julio; I.P.P. N 1407-3197-17, caratulada: NN s/Hurto Victima: Tripodi Jose; I.P.P. N 14-07-4113-20, caratulada: NN s/robo agravado Victima: Vizgarra Victor Humberto; I.P.P. N 14-07-4112-20, caratulada: NN s/robo Victima: Marioni Ruben Dario; I.P.P.
N 14-07-3217-17, caratulada: NN s/hurto Victima: Garrochategui Jose Luis; I.P.P. N 14-07-3527-17, caratulada: NN
s/Lesiones culposas Victima: Martinez Leandro Federico; I.P.P. N 14-07-3167-17, caratulada: NN s/robo agravado y otros Victima: Chen Tao; I.P.P. N 14-07-4138-17, caratulada: NN s/robo agravado Victima: Leandro Nestor Adrian; I.P.P. N
14-07-3578-17, caratulada: NN s/hurto agravado Victima: Scarfone Nicolas; I.P.P. N 14-07-3698-17, caratulada: Brumer Ulises Carlos s/Daño Victima: Figiaccone Santiago; I.P.P. N 14-07-3820-20, caratulada: Alan s/Amenazas Victima:
Castelli Romero Gaston Ivan; I.P.P. N 14-07-4623-20, caratulada: NN s/robo agravado Victima: Navarro Maria Virginia;
I.P.P. N 14-05-3663-17, caratulada: "Farias Cauven Pablo Alejandro s/Homicidio en tentativa, víctima: Sebastián Hueto y Gabriel Vanega". Asimismo se hace saber el contenido y alcance del Art. 83 C.P.P.: Se garantizará a quienes aparezcan como víctimas los siguientes derechos y facultades 8: A procurar la revisión ante el Fiscal de Cámaras Departamental de la desestimación de la denuncia o del archivo. Villa Martelli, 19 de julio de 2021. Alejandro Orlandini. Auxiliar Letrado.
jul. 23 v. jul. 29
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Santiago Luis Marchio, titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial Mercedes, cita y emplaza a JUAN CARLOS CHACON, para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho con respecto a la Causa N ME-3340-2019-7431 - "Chacon Juan Carlos, Toledo Axel Gabriel s/Tenencia Simple de Estupefacientes", seguida al nombrado conforme surge de la resolución que se transcribe: Autos y Vistos:
Atento lo informado precedentemente por la autoridad policial, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco 5 días al encausado Juan Carlos Chacon bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde. Fdo. Dr. Santiago Luis Marchio. Juez en lo Correccional.
jul. 26 v. jul. 30
POR 5 DÍAS - En el marco de la investigación penal preparatoria nro. 03-03-000341-20/00 seguida a GREGORIO
VENTURA, DNI 18.785.273, argentino, nacido el 13 de septiembre de 1977, hijo de Félix Ventura y Angélica García; a fin de solicitarle tenga a bien publicar durante cinco 5 días, la resolución que a continuación se transcribe: ciudad de Dolores, a los un día del mes de junio del año dos mil veintiuno, reunida la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, Sala I, de este Departamento, en Acuerdo Ordinario, a objeto de dictar sentencia en el juicio caratulado: "Ventura, Gregorio; Pumar, Carlos Horacio s/Usurpacion de Inmueble - IPP03-03-341-20" J. Gtias. 6 Causa N 24284, se procedió a practicar el sorteo que determinan los Artículos 41 Ley 5.827 Orgánica del Poder Judicial y 266 del Código Procesal Ley 7.425, resultando del mismo que la votación debía ser en el orden siguiente: Doctores: Luis Felipe Defelitto, Fernando Sotelo.- El Tribunal resolvió plantear y votar las siguientes: Cuestiones: 1ra. Se ajusta a derecho la resolución recurrida?
2da. Qué pronunciamiento corresponde dictar? A la primera cuestión planteada, el Señor Juez Dr. Defelitto, dijo: Mediante resolución obrante a fs. 269/271, dictada el día 12 de febrero del corriente año, el Señor Juez de Garantías, Dr. David Leopoldo Mancinelli, resolvió: I.- Disponer el lanzamiento de los ocupantes de la finca sito en Avenida Central N 1030 entre Sáenz Peña y Alvear de la localidad de Ostende, terreno con nomenclatura catastral Circunscripción 4, Sección C, Manzana 207, parcela 8, partida 24709, intimándolos para que en el término de 5 días de notificados, procedan a retirarse voluntariamente, bajo apercibimiento de ser lanzados con el auxilio de la fuerza pública una vez cumplido el plazo aludido y Ordenar la restitución del mismo a los Sres. Héctor Alberto Conde y Claudia Mariela Conde, en carácter de depositario judicial Arts. 17 CN., y 24 CPBA., 181 inc. 1 del C.P., 23 inc. 1, 2 y 83 inc. 7, 231 del C.P.P. Encomendar al Sr. Agente Fiscal requirente y/o personal policial que éste designe al efecto, la notificación de lo dispuesto en el párrafo anterior, debiendo observar lo preceptuado en el Art. 128 del C.P.P., y en el supuesto de constatarse la presencia de menores de edad en el inmueble, deberá otorgar formal intervención al Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño de Pinamar II.- No hacer lugar a la prescripción de la acción peticionada por el Sr. Defensor Particular Art. 59 inc. 3 y 62 inc. 2 a contrario sensu del Código Penal. Contra dicho decisorio, a fs. 290/293, interpone recurso de apelación, el Sr.
Defensor Particular, Dr. Adolfo Guillermo Baduel; siendo tal remedio concedido legalmente a fs. 294. Recepcionadas las actuaciones en esta Alzada, notificada a las partes la radicación e integración del Tribunal, y habiendo dictaminado a fs.
309/309 vta., la Sra. Asesora de Incapaces Sra. María Victoria Chehu, adhiriendo al recurso de la Defensa por entender que con dicha presentación se resguarda adecuadamente los derechos de la niña menor de edad que representa, se encuentra la presente en condiciones de resolver sin más trámite. I.- En su escrito de apelación, la Defensa alega que en autos no se debe investigar quién resulta ser el titular registral del inmueble sino el acto de despojo de la tenencia y/o la posesión del mismo, puesto que toda otra cuestión, debe ventilarse en la sede civil. En tal sentido, considera que hasta el momento no se ha logrado demostrar acto de despojo alguno en la posesión y/o tenencia. Sin perjuicio de entender que la presente investigación se halla prescripta, el recurrente manifiesta que un simple correo electrónico - que data del año 2012/2013- no constituye acto posesorio, no surgiendo de las actuaciones indicio alguno de que los denunciantes realizaran acto que configure ni el corpus ni el animus. Refuerza tal idea, en la denuncia y su ampliaciónefectuada por Conde, quien manifiesta que desconoce en donde se encuentra el lote de terreno en el cual habita Ventura en carácter de propietario junto a su mujer e hija, haciendo notar que Conde manifiesta ser propietario de un terreno baldío, ubicado en Av. Central N
1030 de la localidad de Ostende, mientras que de la documental que se ha ofrecido como prueba por esta parte, su asistido habita en Calle Av. Central N 1031 de la localidad de Ostende, en otra manzana que la ubicada por los denunciantes en
SECCIÓN JUDICIAL > página 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/07/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date28/07/2021

Page count30

Edition count3369

First edition02/07/2010

Last issue06/06/2024

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