Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/07/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 10 de julio de 2019

POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a MARÍA LAURA MALCHIOD en causa nro. 16232 seguida a Medina Gastón Ezequiel la Resolución que a continuación de transcribe: rn del Plata, 26 de junio de 2019- Autos y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. CPP art. 497 y Res. 555/05
S.C.J.P.B.A., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: 1.- Anótese a Medina Gastón Ezequiel como detenido a disposición de este Juzgado de Ejecución Penal N 1 y en carácter de penado. En atención a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en fecha 3 de mayo de 2005, en la causa "Recurso de hecho deducido por el Centro de Estudios Legales y Sociales en la causa Verbitsky, Horacio s/ Hábeas Corpus", y por la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en fecha 11 de mayo de 2005 en la causa P. 83.909, "Verbitsky, Horacio representante del Centro de Estudios Legales y Sociales - Hábeas Corpus. Rec. de Casación. Rec. Extraordinario de nulidad e inaplicabilidad de ley",solicítese a las autoridades del establecimiento donde encuentra alojado el condenado se informe en el plazo de cinco días: las condiciones concretas en que cumple su detención características de la celda, cantidad de camas, condiciones de higiene, acceso a servicios sanitarios, etc. como asimismo informe respecto a su estado de salud, debiendo en lo futuro comunicarse inmediatamente toda modificación relvante de la situación oportunamente informada. 2.- Informe el señor Actuario el cómputo de pena practicado, el que se encuentra firme, y ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante, a fin que se tome debida nota del cómputo de pena aprobado en este proceso en el Legajo Personal del condenado. 3.- Atento lo resuelto por la Sala II de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Deptal. en c.20.527 - Vázquez Walter M. s/hurto, en cuanto que al Juzgado de Ejecución le compete el control de legalidad del cumplimiento de la condena impuesta a un penado en un caso concreto, tanto en su aspecto cuantitativos como cualitativos, mas no en la ejecución de las costas que se hubieran impuesto a la misma Arg.
conf. 25 del CPP y 3 ley 12.256. ", hágase saber al Sr. Juez sentenciante que este Juzgado de Ejecución Penal no ejecutará las costas impuestas, quedando las mismas a cargo del organismo que dictó sentencia. 4.- Solicítese cuádruple juego de fichas dactiloscópicas. 5.- Comuníquese al Patronato de Liberados la fecha a partir de la cual el condenado deberá comenzar la tarea de preegreso prevista en el art. 166 de la ley 12.256. 6- Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nº 08-00-004384-09, carpeta Nº 3337 del Juzgado de Garantías Nº 4, y causa Nº 3484 del TOC 2
Deptal, causa Nro 45363 de la Sala II del Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, causa Nro 117519 de la SCJBA, Exp. 003989/2015-00 de la CSJ. 7. Comuníquese a la Unidad Penal que aloja al causante para que tome debida nota en el correspondiente legajo que la Defensa del Mismo es ejercida por el Dr. Fabiana Mazzucco, con domicilio legal en calle Figueroa Alcorta nro 489, de esta ciudad de Mar del Plata. 8.- Ofíciese al ANSES Mar del Plata, a efectos de comunicarle a dicho organismo la sentencia dictada en autos así como el cómputo de pena practicado, todo ello a los fines que entienda pertinentes. 9.- Líbrese notificación y edicto electrónico para a las victimas de autos, a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada, todo ello a a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. 10.- En virtud de lo informando por el actuario en relación al benefició que el encartado se encontraría usufructuando, esto es: salidas excepcionales bimestrales de dos horas, con mas tiempo de que demore su traslado, al domicilio familiar, sito en calle Rawson Nro 4871 de esta ciudad y con la custodia necesaria, mientras perdure la enfermedad que padece la madre del mismo siendo imprescindible determinar si persisten los motivos por los que dicho egreso fuera otorgado al causante, dejese sin efecto la ejecucion de dicho tipo de egreso, hasta tanto se resuelva lo pertinente sobre la reunión de los recaudos del art. 503 CPP para ello, conformándose incidente de salidas excepcionales en relacion al nombrado, requiriéndose en dicho incidente los informes atinentes al estado de salud de la madre del mismo así como las visitas que hubiera cumplido en detención, previo a resolver. Oportunamente vuelvan los autos a despacho. ñor Juez: Informo a V.S. que a fs. 1/23, se encuentra agregada la sentencia el pasado 14/10/2010, por el Tribunal Oral Criminal Nro. 2 Deptal, habiendo el Excmo. Tribunal de Casación Penal, hecho lugar parcialmente al recurso interpuesto, sancionando en definitiva a Medina Gaston Ezequiel a la Pena Veintiún 21 años de prisión de efectivo cumplimiento, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de robo con homicidio resultante Art. 165 CP, cometido en esta ciudad de Mar del Plata, el 27/02/2009, en perjuicio de María Laura Malchiodi y Dalina Sandra Di Mauro. Que de acuerdo al cómputo de pena practicado por el Juzgado de Origen, a fs. 34, aprobado a fs. 35, toda vez que se encuentra detenido ininterrumpidamente desde el 29/03/2009, la pena impuesta a Medina Gaston Ezequiel, vence el día veintiocho de marzo de dos mil treinta 2803-2030.. Secretaria, 26 de junio de 2019 ñor Juez Informo: Que surge de autos, los registros de este Juzgado y el SIMP
que el aquí causante registra los siguientes antecedentes: a IPP 08-00-190205-05 JG2, iniciada el 20/5/2005 en orden al delito de lesiones leves y resistencia a la autoridad, de la que se desconoce estado actual. b IPP 08-00-201365-06 JG2, causa 5906 del Juzgado Correccional 2 Deptal., iniciada el 9/1/2006 en orden al dcaelito de privación ilegal de la libertad, en la que el 16/10/2007 se absuelve al nombrado. c IPP 08-00-208465-06, carpeta 26877 JG2, causa 2925 de este Juzgado de Ejecución Penal 1, iniciada el 12/5/2006 en orden al delito de hurto calificado, en la que el 30/5/2006 se suspende el juicio a prueba por un año, dictándose el 30/9/2008 el sobreseimiento del nombrado. d IPP 08-00-263089-08, iniciada el 20/11/2008 por el delito de portación ilegal de arma de guerra y amenazas calificadas, en la que se dispone el archivo fiscal de lo actuado. e La presente IPP Nº 08-00-004384-09, carpeta Nº 3337 del Juzgado de Garantías Nº 4, y causa Nº 3484 del TOC 2 Deptal, causa Nro 45363 de la Sala II del Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, causa Nro. 117519 de la SCJBA, Exp. 003989/2015-00 de la CSJ; causa 16232 de este Juzgado de Ejecución Penal 1. f IPP 08-00-028734-15 JG6, iniciada el 24/12/2015 en orden al delito de tenencia ilegítima de estupefacientes, de la que se desconoce estado actual, notifíquese al mismo a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
jul. 2 v. jul. 10

SECCIÓN JUDICIAL > página 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/07/2019 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date10/07/2019

Page count41

Edition count3369

First edition02/07/2010

Last issue06/06/2024

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