Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de julio de 2019

cctes. y ssgtes. del C.P.P. ley 11.922, 5 ley 12.059. II Regístrese y remítase las presentes actuaciones sin más trámite al Archivo Deptal. a los fines de extraerse un juego completo de fotocopias de lo aquí actuado, las que debidamente certificadas, serán remitidas al Organo Jurisdiccional antes mencionado mediante atenta nota de estilo, a los fines de proveerse lo que se estime pertinente, y solicitándose se informe a este Juzgado de Ejecución en caso de dictarse la pretendida pena de unificación.- III Resérvese en estos estrados el principal de las actuaciones conformadas y demás acollaradas, a fin de proseguirse en los mismos el contralor de la pena fijada al nombrado en estos actuados. IV Ofíciese a la Unidad Penal donde se halla actualmente alojado el causante Baudrix Walter Omar a fin de comunicar lo aquí decidido, dejándose expresa constancia que al momento en que se disponga en esta causa la libertad del nombrado, por agotamiento de pena o por aplicación de algún tipo de alternativa de ejecución de la pena, previo a efectivizarse su soltura, deberá certificarse ante el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 3 Deptal. si interesa a esos estrados la detención del condenado, en cuyo caso deberá quedar anotado a exclusiva disposición de tal órgano jurisdiccional. V Desconociéndose el domicilio de los Sres. Pereiro Gustavo Horacio y Telechea Lucas Leandro, notifíquese a los mismos a tenor de lo normado por el art. 129 CPP por medio de la publicación de edictos en el Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días. Debiéndosele hacer saber que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
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POR 5 DÍAS - La Señora Jueza Titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana Maria Tenuta notifica a JUAN CARLOS BARRIOS, por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-01-12-09 nº interno 3709 seguida al nombrado en orden al delito de encubrimiento, de la resolución que infra se transcribe: field 24 de junio de 2019. Y Vistos Considerando Resuelvo: I Revócase la rebeldía y orden de comparendo compulsivo del imputado Barrios Juan Carlos. Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II Declarar extinguida la acción penal por prescripción, respecto del encartado Barrios Juan Carlos, en la presente causa Nº 07-01-12-09 nº interno 3709 que se le sigue en orden al delito de Encubrimiento, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo. Artículos 62 inciso 2do. y 67 del Código Penal. III Sobreseer al imputado Juan Carlos Barrios, de nacionalidad argentina, nacido el día 5 de marzo de 1966, en Santa Fe, albañil, hijo de Ramón y de Martina Ojeda, domiciliado en calle 25 de Mayo 1786 de El Jagel, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U1526490, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1272053 en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, notifíquese a los Representantes del Ministerio Público Fiscal -por su ordeny al imputado por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo fin líbrese el mismo.
Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Maximiliano Estevez. Auxiliar Letrado
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POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Necochea, en el marco de la investigación registrada bajo el N PP-11-00-001775-18/00, caratulada "Guido, Eduardo Jorge S/Infracción Ley nº 13.944
Incumplimiento Deberes de Asistencia Familiar", notifica por este medio a GUIDO, EDUARDO JORGE por el término de cinco 5 días de acuerdo a lo prescripto en el art. 129 del CPP, la siguiente resolución: "Necochea, 22 de mayo de 2019.
Autos y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción, respecto de Eduardo Jorge Guido, de nacionalidad argentina, divorciado, instruido, empleado, nacido en San Jorge, Pcia. de Sta. Fé, el 13 de octubre del año 1956, Documento Nacional de Identidad nro. 12.651.278, hijo de Eduardo Jose y de Ema Agustina Acosta, con domicilio en calle 25 de Mayo N 445, 2 "c", de la ciudad de Tres Arroyos, en orden al delito de Incumplimiento de los Deberes de Asistencia Familiar, previsto y sancionado por el Art. 1 de la Ley 13.944; y consecuentemente sobreseer al mencionado en los términos de lo previsto en el art. 323 inc. "1" del C.P.P., en razón de las consideraciones vertidas precedentemente art. 59 inc. 6 del C.P., arts. 321, 322, 323 inc. 1 del C.P.P.. II Regístrese. Notifíquese. Comuníquese."
Fdo. Dra. Aida Lhez, Juez de Garantías. Ante mí: Dra. Maria Jose Tedoldi, Secretaria. Necochea, a los 25 días del mes de junio de año 2019. Zambon Virginia Carolina, Secretario de Juzgado de Primera Instancia.
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POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 del Departamento Judicial de Quilmes, calle Alvear N 465/9 Quilmes Provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Omar Alberto Nicora, Secretaría única a cargo de la Dra. Marta Isabel Labrador, comunica por cinco días que en los autos: Montenegro Marcelo Alejandro S/
QuiebraPequeña.- expte. N QL-32787-2018.- con fecha 28 de noviembre de 2018 se decretó la quiebra de MONTENEGRO MARCELO ALEJANDRO D.N.I. 34.496.400 CUIL 23-34496400-9. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar sus títulos justificativos de crédito dentro del plazo que vence el día 19 de julio del 2019 ante el síndico designado Cdor. Alejandro Javier Laserna en el domicilio de escritorio en Casazza 39 de Villa Dominico de lunes a viernes de 10 a 17 hs. Tel 154170-0878 Los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C.Q. serán presentados los días 17 de septiembre de 2019 y 30 de octubre de 2019 respectivamente. Intímese a la fallida y a terceros para que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Se hace saber la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces.
Intímese a la fallida a que cumpla en lo pertinente con los requisitos del art. 86 párrafo 2º de la ley citada. Quilmes, 2019.
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SECCIÓN JUDICIAL > página 13

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2019 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date03/07/2019

Page count51

Edition count3368

First edition02/07/2010

Last issue15/05/2024

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