Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 05/02/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 25

5 de febrero de 2024

b Hallarse en el año de la solicitud al menos un miembro de la unidad familiar en situación de desempleo o en situación de empleo con una duración igual o inferior a 20 horas semanales.
Se entenderá por Unidad familiar las personas que conviven en el mismo domicilio y están unidas por matrimonio o relación análoga a la conyugal, parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción o a las personas que convivan en el mismo domicilio por razón de tutela o acogimiento familiar.
c Ser sujeto pasivo de las Tasas por suministro de Agua potable y por Saneamiento.
En el caso de inquilinos que no sean sujetos pasivos, procederá la aplicación de la Tarifa Social siempre que en el contrato de arrendamiento se establezca la obligación del pago de dichos tributos por el arrendatario.
Cuando la vivienda sea un bien ganancial podrá solicitar la ayuda cualquiera de los cónyuges que cumpla los requisitos, al margen del titular del recibo.
d No contar con recursos económicos suficientes. En ningún caso se concederá la prestación solicitada cuando la suma total de los ingresos anuales de todos los miembros de la unidad familiar supere los límites que a continuación se relacionan, en relación con el IPREM anual del año anterior al que se cursa la solicitud por 12 pagas:
N.º de personas empadronadas en la vivienda/límite de ingresos.
De 1 a 2

IPREM X 1,3

De 3 a 4

IPREM X 1,6

Más de 4

IPREM X 2,1

Los ingresos de la unidad familiar a tener en cuenta serán los correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los miembros de la unidad familiar, referente al periodo impositivo anterior, con plazo de presentación vencido a la fecha de la solicitud, determinándose dichos ingresos sobre el Nivel de Renta proporcionado por la Agencia Tributaria en función de la base o bases imponibles previas a la aplicación del mínimo personal y familiar resultantes de la aplicación de la normativa reguladora de dicho impuesto.
Para las personas no obligadas a declarar, se tendrán en cuenta la suma de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales sometidas a retención deduciendo sus respectivas retenciones y los gastos deducibles del trabajo, aplicándose las reducciones previstas en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, o legislación que la sustituya.
3. Procedimiento.
Las solicitudes para la aplicación de la Tarifa Social, que se formalizarán conforme al Anexo I adjunto a la presente Convocatoria, serán tramitadas con arreglo al siguiente procedimiento:
a El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de las presentes Normas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 05/02/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date05/02/2024

Page count56

Edition count3622

First edition04/01/2010

Last issue12/06/2024

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