Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 05/01/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 4

5 de enero de 2024

GRUPO

TIPO

A Turismos:

De menos de ocho caballos fiscales
12,62 €

13,25 €

De 8 hasta 11,99 caballos fiscales
34,08 €

35,78 €

De 12 hasta 15,99 caballos fiscales
71,94 €

75,54 €

De 16 hasta 19,99 caballos fiscales
89,61 €

94,09 €

GRUPO

TIPO
De 20 caballos fiscales en adelante
MÍNIMO
112,00 €

APROBADO
117,60 €

A
Turismos:
B Autobuses:

De menos de ocho caballos fiscales 21 plazas
12,62
83,30 €

13,25
87,47 €

De 8
21hasta a 50 11,99
plazascaballos fiscales
34,08 €
118,64

35,78 €
124,57

De 12
caballos fiscales máshasta de 5015,99
plazas
71,94 €
148,30

75,54 €
155,72

89,61
42,28 €

94,09
44,39 €

1.000
a 2.999
kilogramos de carga útil De 20
caballos fiscales en adelante
83,30 €
112,00

87,47 €
117,60

De menos 21 plazas más de de 2.999
a 9.999 kilogramos de carga útil
83,30 €
118,64

87,47 €
124,57

C Camiones:
B Autobuses:

De 16
hastade19,99
fiscales menos 1.000caballos kilogramos de carga útil
MÍNIMO

APROBADO

De 21
50 9.999
plazaskilogramos de carga útil mása de
118,64
148,30 €

124,57
155,72 €

D Tractores:

De más de de 50 16
plazas menos caballos fiscales
148,30
17,67 €

155,72
18,55 €

C Camiones:

De menos 1.000 fiscales kilogramos de carga útil 16 a 25de caballos
42,28
27,77 €

44,39
29,16 €

De 1.000
2.999
kilogramos más dea 25
caballos fiscalesde carga útil
83,30 €

87,47 €

menos 1.000
y máskilogramos de 750 kilogramos De más de de 2.999
a 9.999
de cargade útilcarga útil
17,67 €
118,64

18,55 €
124,57

De más 1.000dea 9.999
2.999 kilogramos de carga útil
148,30
27,77 €

155,72
29,16 €

De menos 16 caballos fiscales más de de 2.999
kilogramos de carga útil
17,67
83,30 €

18,55
87,47 €

De 16 a 25 caballos fiscales
27,77 €

29,16 €

De más de 25 caballos fiscales Ciclomotores De menos de hasta 1.000 125
y más de 750 kilogramos Motocicletas centímetros cúbicos de carga útil
83,30

4,42 €
17,67

4,42 €

87,47

4,64 €
18,55

4,64 €

Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos
30,29 €

31,80 €

Ciclomotores Motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos
4,42 €
60,58

4,64 €
63,61

4,42 €

4,64 €

E Remolques y semirremolques arrastrados por D
Tractores:
vehículos de tracción mecánica:
F Vehículos:
E Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica:
F Vehículos:

De 1.000 a 2.999
kilogramos de carga Motocicletas de más de 125 hasta 250útil centímetros cúbicos De más de 2.999
kilogramos de carga Motocicletas de más de 250 hasta 500útil centímetros cúbicos
Motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos
27,77

7,57 €
83,30
15,15 €

29,16

7,95 €
87,47
15,91 €

Motocicletas de más decon 125 hasta 250 centímetros cúbicos 7,57 €
7,95 €
Cuarto. Que dede conformidad el artículo 17 del Real Legislativo 2/2004, CUARTO.Que conformidad con el artículo 17
del Decreto Real Decreto Legislativo de 5 de marzo,2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Motocicletas de 250 por hastael 500
centímetros cúbicosel Texto Refundido 15,15 €
15,91

de 5dedemás marzo, que se aprueba de la Leylas Haciendas Locales, se exponga este acuerdo al público por el plazo de treinta días, para Motocicletas de más de 500
hasta 1.000
centímetros cúbicos 30,29

31,80
Reguladora de las Haciendas Locales, se exponga este acuerdo al público€
que dentro depor este los interesados puedan examinar el expediente y presentar el plazo plazo de de treinta días, para que dentro de este plazo los€ interesados Motocicletas más de 1.000
centímetros cúbicos 60,58
63,61 €
las reclamaciones que estimen oportunas.
Debiendo publicarse anuncios en Boletín puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que elestimen Oficial de la Provincia y en el tablón de Edictos del Ayuntamiento.
En el caso de oportunas. Debiendo publicarse anuncios en el Boletín Oficial de que la Que de conformidad condeelEdictos artículo del Real Decreto Legislativo noCUARTO.se presenten reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado acuerdo que Provincia y en el tablón del 17
Ayuntamiento.
En elel caso de que 2/2004, 5 dedel marzo, por eldeque aprueba el Texto Refundido de la Ley empezará a aplicarse adepartir ejercicio 2024.
no se presenten reclamaciones seseentenderá definitivamente adoptado el
Reguladora de las Haciendas Locales, se exponga este acuerdo al público
acuerdo que empezará a aplicarse a partir de 2024. de la Ley Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19del delejercicio Texto Refundido por el plazo de treinta días, para que dentro de este plazo los interesados Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen de 5 de marzo, interponer por los interesados recurso Contraseelpodrá presente Acuerdo, conforme al artículo Texto Refundido de oportunas.
Debiendo publicarse anuncios en19contencioso-administrativo, eldelBoletín Oficial de la ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Ley Reguladora lasel Haciendas Locales, por En el el Real Decreto Provinciadey en tablón de Edictos delaprobado Ayuntamiento.
caso de que y León con sede en Burgos, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a no se presenten reclamaciones seinterponer entenderá por definitivamente adoptado el de 5 de marzo, podrá los 46
interesados laLegislativo publicación2/2004, del presente anuncio, dese conformidad con el artículo de la Ley recurso acuerdo que empezará a aplicarse a partir del ejercicio de 2024. 29/1998, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del decontencioso-administrativo, 13 de julio, de la Jurisdicciónante Contencioso-Administrativa.
TribunalContra Superior de Justicia de Castilla y León sede19
en del Burgos, el plazo de el presente Acuerdo, conforme al con artículo Textoen Refundido de
San Esteban del Valle, 29 de diciembre de 2023.

la La Ley Reguladora de las Haciendas Alcaldesa, Almudena García Drake. Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, en el plazo de
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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 05/01/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date05/01/2024

Page count12

Edition count3617

First edition04/01/2010

Last issue05/06/2024

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