Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 12/07/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 134

12 de julio de 2019

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
Número 1649/19

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería Área de Estructuras Agrarias
Av i so TOMA DE POSESIÓN PROVISIONAL DE LAS FINCAS DE REEMPLAZO DE LA
CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE CILLÁN ÁVILA.
Se pone en conocimiento de todos los afectados en la concentración parcelaria de Cillán Ávila que, aprobado el Acuerdo de Concentración de dicha zona por Resolución de 18 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, declarado firme en vía administrativa con fecha 29 de febrero de 2016, y finalizados los trabajos de replanteo de las nuevas fincas de reemplazo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 54 de la Ley 1411990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, en relación con el apartado primero de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, se va a proceder a dar la toma de posesión provisional y poner, por tanto, a disposición de los interesados las fincas de reemplazo que a cada propietario le corresponden en dicha zona, sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos o modificaciones que prosperen.
Las nuevas fincas de reemplazo, con carácter general, se ponen a disposición de los propietarios para que tomen posesión de las mismas el día 15 de julio de 2019.
Y, como excepción, para las fincas que tienen la consideración de pastos del pueblo, las cuales están arrendadas anualmente según los usos tradicionales y costumbres del lugar, la toma de posesión por los nuevos propietarios será cuando finalicen los citados contratos, marcando en todo caso como fecha definitiva de la toma de posesión de estas fincas el 1 de noviembre de 2019.
En cuanto a las mejoras no clasificadas deberán ser retiradas dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la toma de posesión.
Conforme a lo dispuesto en el art. 56 de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo sean puestas a disposición de los participantes para que tomen posesión de ellas, los interesados podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración, mediante escrito dirigido al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en su Unidad Territorial de Ávila. Si la
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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 12/07/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date12/07/2019

Page count36

Edition count3619

First edition04/01/2010

Last issue07/06/2024

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