Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 07/05/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
Nº 86
7 de mayo de 2018
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1089/18
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE ÁVILA
A
n u n c i o
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 17 de marzo de 2018, sobre concesión de Suplemento de Créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:
Altas en aplicaciones de gastos Aplicación Progr.
1522
Económica 68202
Créditos Modificaciones Créditos iniciales de crédito finales
Descripción Rehabilitación Casa del Médico TOTAL
5.000
5.000
10.000
5.000
5.000
10.000
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Altas en Concepto de ingresos Cap.
8
Aplicación económica Art.
Conc.
870
Descripción
Euros
Remanente líquido de Tesorería
5.000
TOTAL INGRESOS
5.000
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo37.2, apartados a y b, del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:
a El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
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